11 Jul SUBVENCIONES IDAE
Recientemente han salido publicadas en BOE las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero) del IDAE. Este es un pequeño resumen de la orden, aplicable al sector que nos ocupa: la reforma de salas de calderas.
Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero)
q Publicado en el BOE del 01/10/2013.
q Aplicable a fincas de uso residencial (salas de calderas), Unifamiliares y Hoteles
q Convocatoria UNICA A NIVEL NACIONAL (no hay desarrollo posterior de cada CCAA).
q A través del IDAE
q 125 M€ asignados, de los cuales 31,5 M€ van para “Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación”
q Para solicitudes presentadas entre el 02/10/2013 y el 30/10/2015 (o agotar partida presupuestaria).
q Régimen de concurrencia simple: que cumplan condiciones, por orden directo de entrada y hasta agotar fondos.
q Para el titular de las instalaciones (personas físicas o jurídicas, Comunidades de Propietarios y empresas de Gestión Energética)
q Solicitudes mediante formularios disponibles en www.idae.es
q CONDICION: Las actuaciones deben mejorar la calificación energética del edificio en al menos 1 letra (emisiones CO2) (en una actuación o en combinación de varias)
q La condición se debe garantizar mediante comparativa de la certificación energética ex ante y ex post
Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación:
FINANACION MEDIANTE MODELO DE PRESTAMO REEMBOLSABLE:
q Hasta el 90% del coste total
q Euribor + 0%
q 12 años de amortización (con posibilidad de 1 año de cadencia)
Es decir, no son subvenciones sino que son préstamos con intereses del Euribor + 0% del 90% del total de la obra, a pagar como mucho en 12 años, y siempre que se justifique con la actuación la bajada de una letra en la certificación energética del edificio. (Algo factible con el cambio de combustible y de los equipos).
Hay destinados para este tipo de actuaciones en toda España, 31,5 MILLONES DE EUROS hasta que se acaben…
El procedimiento sería el siguiente:
- La propiedad solicita el préstamo
- Si la resolución es positiva (NO SE LO QUE TARDAN A CONCEDERLA), se firma un contrato de préstamo con IDAE (Modelo tipo en anexo de la Orden)
- Duración del préstamo hasta 12 años, pudiendo tener un año de carencia.
- En 10 días ingresan el importe del préstamo solicitado.
- Devolución del préstamo mediante cuotas mensuales
- El tipo de interés de todo el préstamo será de Euribor (cada año, el correspondiente al del primer día hábil del año) + 0%
- Permiten amortización tanto en tiempo como en capital
- Una vez concedida la ayuda, tendrían 12 meses para justificar la actuación y los pagos.
El único requisito es que conlleva realizar una certificación energética del edificio antes y después de la transformación para justificar la bajada de una letra, por otro lado, algo factible con los cambios de equipos que nos ocupan y que muy probablemente, los técnicos que os realizan los proyectos de calefacción lo podrían certificar.